Son cuatro los distintivos ambientales creados por la Dirección General de Tráfico (DGT) en función del impacto medioambiental de los vehículos.
Esta categorización tiene su origen en el
Plan nacional de calidad del aire y protección de la atmósfera 2013-2016 (Plan Aire) en el que se afirma que tanto las partículas como el dióxido de nitrógeno tienen en el tráfico rodado la principal fuente de emisión en las grandes ciudades y propone la clasificación de los vehículos en función de los niveles de contaminación que emiten.
La clasificación del parque tiene como
objetivo discriminar positivamente a los vehículos más respetuosos con el medio ambiente y ser un instrumento eficaz al servicio de las políticas municipales, tanto restrictivas de tráfico en episodios de alta contaminación, como de promoción de nuevas tecnologías a través de beneficios fiscales o relativos a la movilidad y el medio ambiente. En este
enlace, encontrará un formulario para buscar el distintivo que corresponde a su vehículo.
La colocación del distintivo es voluntaria. Sin embargo, y dado que facilita la rápida identificación de los vehículos menos contaminantes, se recomienda que se adhiera en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero, si se dispone de él, o en su defecto, en cualquier sitio visible del vehículo.
Consulte las oficinas de Correos en las que ya se puede adquirir el distintivo ambiental
Categorías:
Distintivo "0 emisiones"
- Vehículos clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros o vehículos de pila de combustible.
Distintivo “ECO
- Vehículos híbridos enchufables con
autonomía < 40 km, vehículos
híbridos no enchufables
Vehículos propulsados por gas
natural
Vehículos propulsados por gas
licuado del petróleo
En todo caso, deberán cumplir los
criterios de la etiqueta C.
Distintivo “C”
- Turismos y furgonetas ligeras de gasolina
matriculadas a partir de enero de 2006 y
diésel a partir de 2014.
Vehículos de más de 8 plazas y pesados,
tanto de gasolina como de
diésel, matriculados a partir de 2014.
Por tanto, los de gasolina deben cumplir la
norma Euro 4,5 y 6 y en Diésel la Euro 6.
Distintivo “B”
- Turismos y furgonetas ligeras de gasolina
matriculadas a partir de enero del año 2000
y de diésel a partir de enero de 2006.
Vehículos de más de 8 plazas y
pesados tanto de gasolina como de diésel
matriculados a partir de 2005.
Por tanto, los de gasolina deben cumplir la
norma Euro 3 y en Diésel la Euro 4 y 5.
Fuente: Ayuntamiento de Madrid